Publicidad – Telecomunicaciones: fuerte competencia transgrede normativas

Guerra de ofertas

Las empresas de telecomunicaciones se adentraron este año en una guerra de ofertas y promociones para captar clientes en telefonía e internet, en muchos casos violatorias de la normas vigentes, lo que obligó la intervención de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y el Consumidor.

En tiempos de expansión del mercado de banda ancha, la fuerte competencia obliga a las empresas a multiplicar las ofertas y promociones, pero desde principios de año la modalidad es captar clientes con una bonificación en los tres primeros meses del plan.

Si bien el esquema de promoción es válido, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, señaló que «la mayoría de las publicidades no indica cuál es el precio real del abono que deberá pagar el cliente en el cuarto mes, tampoco detallan qué ocurre si el cliente quiere dar de baja el servicio y en el caso de los ADSL no aclaran que además el servicio tiene un costo telefónico».

«Esta es una guerra entre empresas en la que lo que menos importa es el consumidor», afirmó una fuente de la Subsecretaría.

El analista Enrique Carrier señaló que «una vez superado el período promocional, los precios no se diferencian de los que se ofrecían hace uno o dos años».

En ese sentido, indicó que el precio final promedio que termina pagando un cliente entre el abono al servicio de internet, el abono telefónico -en los casos de adsl- e impuestos es de unos 80 pesos mensuales.

La Subsecretaría ya dictó medidas cautelares contra las empresas y «seguimos trabajando para ver si modificaron la información al consumidor o no», indicaron.

Entre los aspectos más graves se marcan la violación a la resolución 7 que obliga a la difusión del precio real y no del precio más IVA, y la falta de información antes de la suscripción, como por ejemplo el gasto telefónico que implica un acceso ADSL.

Las fuentes señalaron además que «también incumplen el artículo 9 de la ley de publicidad engañosa, porque en muchos casos no figura la razón social y mucho menos la dirección física de la empresa».

Ante las primeras señales de la Subsecretaría, uno de los abogados de las firmas amparó a su cliente en «la privacía de la realidad y el espíritu finalístico de las normas», es decir que «si la firma no hiciera las publicidades en estos términos generaría confusión a los potenciales usuarios y su propia discriminación».

En términos sencillos, si todos violan la ley la empresa que no lo haga confundirá al público y además quedará separada del mercado con la posibilidad de perder clientes.

Las fuentes oficiales explicaron que «en los contratos de internet no puede haber cláusulas abusivas», como puede ser la exigencia de un tiempo de contrato, aunque aclararon que todavía no podían asegurar que hubiera cláusulas de este tipo en las promociones.

Para la cartera que comanda Patricia Vaca Narvaja, los más lamentable es que «irremediablemente la mayoría de las quejas de los consumidores llegan después de terminadas las promociones».

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